Seguro de accidentes para colectivos que recoge además de las coberturas indicadas cualquier garantía que contemplen los Convenios Colectivos.
El seguro colectivo de convenio cubre los accidentes que pueda sufrir el trabajador en el desempeño de su labor. El tomador es la empresa y el asegurado cada uno de los empleados. En la negociación colectiva se establecen los capitales que recibirá el asalariado en caso de accidente profesional. Determinados convenios como el de hostelería establecen la obligatoriedad de un seguro de vida además del de accidentes.
Independientemente del número de trabajadores que haya en la empresa cuando se contrate el seguro, éste cubre a todos lo que estén de dados de alta en el TC2 que se presenta al final de cada mes referente al mes anterior. Al vencimiento de la póliza se procede a su regularización.
Coberturas básicas
• Fallecimiento por accidente
Coberturas opcionales
• Fallecimiento por accidente de circulación
• Invalidez absoluta y permanente por accidente
• Invalidez total y permanente por accidente
• Gran invalidez
• Invalidez parcial por accidente
• Asistencia sanitaria por accidente
• Cualquier otra que se recoja en Convenio Colectivo
Ventajas principales
• Permite la contratación de riesgos derivados de convenios colectivos ó voluntarios.
• Se puede asegurar riesgos en 24 horas, jornada laboral ó jornada extraprofesional.
• Con la opción de corta duración es posible asegurar todo tipo de eventos:
cursos, actividades lúdicas, deportivas, etc.…
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